Reforma política 2016
Este documento representa la posición del Programa Instituciones Polìticas de CIPPEC ante la reforma política y fue presentado por María Page, su coordinadora, durante la segunda jornada de audiencia pública en el Honorable Senado de la Nación.
SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA ELECTORAL
Desde CIPPEC destacamos este debate que está dando el Congreso. También celebramos que la media sanción de la HCDN incluye cambios que venimos pidiendo desde 2009 y durante este año impulsamos con otras organizaciones, expertos y referentes del sector privado en el marco de Argentina Elige.
Creemos que esta reforma representa un claro avance en términos de las garantías de los derechos políticos. Que se puede mejorar, pero es un claro avance. En especial:
1. Se adopta un instrumento oficial de votación mediante el cual el Estado garantiza la presencia de todas las opciones en el cuarto oscuro.
2. Se fijan reglas más claras para la presentación de las opciones a los votantes.
3. Se garantiza la paridad de género en el acceso a cargos legislativos y los órganos directivos de los partidos.
4. Se extiende el período durante el cual no puede emitirse publicidad oficial ni publicitar actos o programas gubernamentales.
Al mismo tiempo, creemos que hay algunos ajustes que deben hacerse para garantizar ecuanimidad, transparencia y eficacia en la implementación. En especial en cuanto a:
1. Las previsiones para la implementación del VE,
2. La regulación de la oferta electoral independientemente del diseño de las pantallas
SOBRE EL VOTO ELECTRÓNICO
Controles. Es destacable que a partir del tratamiento en la HCDN se hayan incluido instancias de control y auditoría antes, durante y después de la elección.
PROPONEMOS: Respecto de las auditorías concomitantes (en el texto en discusión es el Art. 66 ter del CEN) es importante definir cómo se procederá si las auditorías realizadas el día de la elección muestran que las máquinas auditadas no están registrando o contando bien los votos.
Plan de contingencia. El texto de la media sanción deroga el sistema de boletas partidarias pero no especifica ningún sistema alternativo en caso de que el voto electrónico no pueda aplicarse en todo el país por problemas técnicos o por falta de tiempo. Tampoco qué ocurre si la CNE determina que el sistema provisto por el Ejecutivo no reúne las condiciones necesarias.
No puede dejarse a discreción de la autoridad de aplicación qué sistema de votación se utilizará, o dónde se usará el voto electrónico y donde no. Es inequitativo, genera incertidumbre respecto de las condiciones de la competencia y se presta a la judicialización.
PROPONEMOS: Recuperar el plan de contingencia contenido en las disposiciones transitorias del proyecto presentado por el PEN.
Especificando que: (i) si se utilizan transitoriamente las boletas partidarias, la autoridad electoral (y no los partidos) debe garantizar la provisión de las boletas en cada lugar de votación y (ii) se aplican las reglas para la presentación de la oferta propuestas en los artículos 40 de la Ley 26.571 y 63 bis del CEN (prohibición de colectoras).
Gradualidad. Sin perjuicio de la contingencia – que se activa ante un hecho que externo a la voluntad de los actores electorales – la experiencia internacional en la introducción de nuevas tecnologías en las elecciones muestra la importancia de implementar de forma gradual y planificada. Se recomienda hacer pruebas piloto, comenzar con implementaciones parciales que permitan hacer ajustes, y alcanzar la cobertura total en varias etapas planificadas. (Las pruebas y elecciones ya realizadas, aunque genéricamente satisfactorias, lo fueron en niveles subnacionales sin participación de la Justicia Federal por lo que solo son un antecedente del sistema pero no de la implementación por parte de la autoridad federal competente) La OSCE desaconseja específicamente hacer un cambio total de una vez y especialmente hacerlo en la elección inmediatamente posterior a la reforma. Un proceso gradual es un proceso más controlado, con menos riesgo y que genera condiciones más propicias para la adaptación de autoridades, partidos y votantes y la construcción de confianza.
PROPONEMOS incluir una cláusula transitoria que disponga la implementación gradual fijando: (i) un plazo para alcanzar la cobertura total; (ii) plazos, proporción del padrón a cubrir y criterios para determinar dónde implementar el sistema en cada etapa parcial; (iii) que se mantendrá transitoriamente el sistema de boletas partidarias pero distribuidas por el Estado hasta que se alcance la cobertura total.
Sobre el Protocolo de Acción para el día de la elección (Art. 66bis del CEN) y el diseño de las pantallas (Art. 63 ter del CEN) y las actas de los comicios (Art. 83 del CEN). Es crucial para la garantía de los derechos políticos buscar la mayor homogeneidad posible en el funcionamiento de la elección a través del territorio nacional.
Especialmente en el caso del diseño de pantalla, tenemos probado en varios trabajos empíricos que la forma en que el diseño de las boletas y de las pantallas tiene efectos sobre el comportamiento electoral. Por eso es importante garantizar un diseño uniforme.
PROPONEMOS que tanto el Protocolo de Acción como el diseño de las pantallas, actas y certificados sean definidos por la CNE y aplicados por las juntas en cada distrito. De otro modo tendremos 24 protocolos y, como ocurre hoy con las boletas y las actas, 24 diseños de pantallas y 24 documentos diferentes con potenciales efectos diferentes en la garantía de los derechos de votantes y candidatos.
Sobre las funciones y responsabilidades del delegado tecnológico (Art 97 del CEN sobre reparación y reemplazo de equipos y software). Este actor aparece en el texto interviniendo en las mesas de votación en caso de desperfectos e inconvenientes de la máquina o de dificultades de las autoridades de mesa para operar el sistema. La ley debe establecer sus funciones y responsabilidades de funcionario público a los efectos de su responsabilidad penal eventual.
SOBRE LAS NUEVAS REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OPCIONES A LOS VOTANTES.
El texto del proyecto incluye en el CEN (Art. 63 bis) medidas para reducir la fragmentación de la oferta electoral: las reglas para la presentación de las opciones en la pantalla impide las colectoras y premia a quienes presenten candidatos para todos los cargos. El resultado será una oferta menos voluminosa y más clara para el elector.
Desde CIPPEC coincidimos con la necesidad de alentar la agregación de la oferta para darle al elector opciones más comprensibles. Si bien, (como lo hemos argumentado en varios trabajos) creemos que la forma más sostenible de hacerlo es modificar la ley de partidos para regular de forma más rigurosa las alianzas, el proyecto avanza en el sentido correcto recuperando el sentido de las PASO (que fue malogrado por el decreto 443/2011 al incorporar los acuerdos de adhesión).
Regular las alianzas y la presentación de la oferta de forma independiente de la pantalla tiene la ventaja de no dejar las reglas atadas a la pantalla de un sistema de votación. Por eso para una próxima etapa PROPONEMOS:
Impedir las alianzas cruzadas. Disponiendo que los partidos de distrito no puedan integrar alianzas distintas a la que forma el partido nacional del que son parte.
Dar la opción a la boleta completa sólo a los partidos o alianzas que presentan candidatos para todas las categorías.
Exigir una política de alianzas consistente a través de los cargos y las provincias, alienta acuerdos más orgánicos, opciones más transparentes para el elector y mejores condiciones para que se formen coaliciones legislativas y de gobierno después de la elección.
POR ÚLTIMO, SOBRE EL FINANCIAMIENTO.
Sabemos que en la HCDN se acordó aprobar primero el cambio en el sistema de votación y tratar de forma separada pero no podemos dejar de mencionar que necesitamos hacer cambios a nuestro régimen de financiamiento de los partidos y las campañas.
PROPONEMOS mantener el sistema mixto (porque los aportes públicos han aportado un piso de equidad al sistema) y hacer cambios para alentar la transparencia y la efectividad de los controles.
• Bancarizar los aportes para poder identificar a los donantes y trazar el origen del dinero;
• Fijar plazos realistas para las campañas;
• Limitar el uso de recursos públicos con fines proselitistas
• Discutir la posibilidad de permitir los aportes de empresas y sindicatos para las campañas y con qué condiciones;
• Hacer a los candidatos corresponsables por el cumplimiento de la ley con consecuencias para sus carreras políticas;
BIBLIOGRAFÍA DE CONSULTA
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